Herencias: qué impuestos hay que pagar si recibo o vendo una propiedad y cómo evitar sorpresas
“Por el solo hecho de heredar un inmueble no se pagan impuestos nacionales, pero el tratamiento cambia según la jurisdicción y el destino del bien”.
Ante el aumento de consultas por herencias y operaciones inmobiliarias, la Dra. Noelia Girardi, Gerente de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, explicó cuáles son las principales obligaciones fiscales nacionales y provinciales que deben considerar los contribuyentes al recibir o vender una propiedad. Aclaró que no corresponde tributar Ganancias al momento de heredar, aunque sí pueden generarse impuestos posteriores, como Ganancias cedular en la venta, Bienes Personales o el impuesto provincial a la transmisión gratuita de bienes. “Lo relevante no es la fecha de la herencia, sino cuándo el causante incorporó el inmueble a su patrimonio”, señaló Girardi respecto del Impuesto a las Ganancias, y advirtió sobre las diferencias entre Nación, provincia de Buenos Aires y CABA.
> ¿Qué puntos conviene revisar para evitar costos imprevistos? Leé la nota.
Ante el aumento de consultas por herencias y operaciones inmobiliarias, la Dra. Noelia Girardi, Gerente de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, explicó cuáles son las principales obligaciones fiscales nacionales y provinciales que deben considerar los contribuyentes al recibir o vender una propiedad. Aclaró que no corresponde tributar Ganancias al momento de heredar, aunque sí pueden generarse impuestos posteriores, como Ganancias cedular en la venta, Bienes Personales o el impuesto provincial a la transmisión gratuita de bienes. “Lo relevante no es la fecha de la herencia, sino cuándo el causante incorporó el inmueble a su patrimonio”, señaló Girardi respecto del Impuesto a las Ganancias, y advirtió sobre las diferencias entre Nación, provincia de Buenos Aires y CABA.
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