Procedimiento fiscal. Exceptúan a entidades financieras y aseguradoras del régimen de autorización para la emisión de comprobantes clase `A´
Se exceptúa a las entidades financieras (Ley Nº 21.526) y a las entidades de seguros (Ley Nº 20.091) de lo previsto en el Título I de la R.G. (ARCA) Nº 5762/2025, referido al régimen de autorización para emitir comprobantes clase “A”. De este modo, no deberán cumplir con los requisitos y formalidades vinculados a inconsistencias fiscales o acreditación de solvencia patrimonial, por cuanto ya se encuentran regulados y controlados por el BCRA o por la SSN, respectivamente. Vigencia desde el 01/07/2026.
Resolución General (ARCA) Nº 5830/2026 (BO 26/02/2026)
Resolución General (ARCA) Nº 5830/2026 (BO 26/02/2026)
Ponemos a disposición la norma: