Minería. Establecen un nuevo procedimiento para importar bienes con exención de derechos y gravámenes
Se establece el nuevo procedimiento para utilizar el beneficio previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 24.196, que permite a los beneficiarios del Régimen de Inversiones Mineras importar bienes de capital, equipos especiales, partes, repuestos, accesorios e insumos con exención de derechos de importación, tasa de estadística y otros gravámenes alcanzados. El trámite se realizará mediante una declaración jurada digital por TAD, que, una vez admitida, será remitida a Aduana a través de VUCE para su validación en el SIM. Se regulan además las condiciones para bienes nuevos, usados y reacondicionados, su permanencia, traslado y desafectación. Vigencia: 01/09/2026. El nuevo procedimiento se aplicará a los trámites iniciados una vez que se adecúe TAD y ARCA dicte la normativa complementaria para integrar las declaraciones juradas al SIM.
Resolución (SM) Nº 73/2026 (BO 01/09/2026)
Resolución (SM) Nº 73/2026 (BO 01/09/2026)