IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa2 de junio de 2025

IVA. Nuevo régimen obligatorio de presentación del IVA: implementación del “PORTAL IVA”

Se establece un único procedimiento electrónico, integral y asistido para la determinación y presentación de la declaración jurada del IVA mediante el servicio “PORTAL IVA”. A partir del período fiscal noviembre 2025, será obligatorio para todos los responsables inscriptos el uso del nuevo formulario F.2051 que sustituye al F.731, F.810 y F.2002. Estos formularios, junto con el programa aplicativo “IVA – Versión 6.0”, seguirán vigentes exclusivamente para períodos fiscales octubre 2025 y anteriores. Entre junio y octubre de 2025, los contribuyentes podrán optar por utilizar el nuevo F.2051. Quienes opten por esta modalidad quedarán eximidos del uso del Libro IVA Digital. El sistema se estructura en dos módulos: (a) Registración Electrónica de Operaciones, que pone a disposición los comprobantes emitidos y recibidos registrados por ARCA, y (b) Determinación del impuesto y del saldo resultante, donde se integran percepciones, retenciones, pagos a cuenta, y otros créditos fiscales. El contribuyente podrá validar, ajustar, incorporar o eliminar información antes de la presentación. A partir del 1 de diciembre de 2025 se abrogan más de 15 resoluciones generales que regulaban los procedimientos anteriores.

Resolución General (ARCA) Nº 5705/2025 (BO 02/06/2025)
Ponemos a disposición la norma:
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