IVA. Excluyen del régimen de percepción de IVA a operaciones con consumidores finales por operaciones hasta $10 millones
Se modifica la R.G. (AFIP) Nº 2126/2006 del régimen de percepción de IVA aplicable a operaciones con sujetos no categorizados o inscriptos. No corresponderá practicar la percepción cuando el adquirente declare su condición de consumidor final y el vendedor, locador o prestador no pueda razonablemente presumir lo contrario. Además, se considerará como consumidor final al adquirente cuando el monto de la operación no supere los $10.000.000, siempre que el vendedor desarrolle ciertas actividades económicas (CLAE) vinculadas al comercio mayorista y minorista de alimentos y bebidas. La medida rige desde el 01/08/2025.
Resolución General (ARCA) Nº 5738/2025 (BO 31/07/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5738/2025 (BO 31/07/2025)
Ponemos a disposición la norma: