IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa27 de agosto de 2025

IVA. Amplían el plazo para computar percepciones hasta cinco períodos fiscales posteriores

Se modifican las Resoluciones Generales Nros. 1603, 2126, 2408, 2459, 3411, 3873, 4199, 5319 y 5329 de ARCA para extender el plazo de cómputo de las percepciones de IVA. Desde el 01/09/2025, los contribuyentes podrán computarlas en la declaración jurada del período en que fueron practicadas o en cualquiera de los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes. Si el cómputo genera saldo a favor, este se considerará ingreso directo utilizable conforme al art. 24 de la Ley de IVA. La medida responde a reclamos del sector privado por las dificultades de registración y busca agilizar el uso del “Portal IVA”.

Resolución General (ARCA) Nº 5750/2025 (BO 27/08/2025)
Ponemos a disposición la norma:
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