IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa18 de agosto de 2026

Impuestos. RIGI - Ley Nº 27.742. Infraestructura ferroviaria. Amplían las inversiones que pueden encuadrarse en el régimen

Se modifica la reglamentación del RIGI para ampliar el alcance de las inversiones comprendidas en infraestructura ferroviaria. Se considera “construcción” tanto la ejecución de infraestructura nueva como la renovación, sustitución, transformación o desarrollo de infraestructura existente y de la infraestructura accesoria necesaria para la logística y el transporte ferroviario. Asimismo, las inversiones sobre infraestructura ferroviaria preexistente podrán configurar una ampliación de un proyecto no adherido al RIGI cuando produzcan un aumento verificable de su capacidad de transporte, determinado sobre parámetros técnicos objetivos. Vigencia: 18/08/26.

Decreto (PE) Nº 748/2026 (BO 18/08/2026)
Ponemos a disposición la norma:
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