Ganancias. Procedimiento. Reglamentan las modificaciones al régimen de declaración jurada simplificada de Ganancias y precisan condiciones para la reducción de multas
Se sustituye la reglamentación del Decreto Nº 93/2026 para adecuarla a las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27.826 a las Leyes Nº 27.799 y 11.683. Se permite que quienes ya presentaron la declaración jurada de Ganancias 2025 por el régimen general puedan adherir al simplificado, rectificando su presentación hasta el 30/10/2026. Asimismo, se precisan los criterios para determinar una discrepancia significativa, incluidos los ajustes iguales o superiores al 15%, los umbrales monetarios y los supuestos que habilitan la impugnación de declaraciones juradas. Se establece que determinadas diferencias regularizadas mediante una rectificativa dentro de los 15 días hábiles de la notificación no se computarán como discrepancia significativa. También se reglamenta la reducción de multas por incumplimientos formales para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro, siempre que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales.
Decreto (PE) Nº 1253/2026 (BO 23/10/2026)
Decreto (PE) Nº 1253/2026 (BO 23/10/2026)