IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa28 de octubre de 2025

Ganancias. Precios de transferencia y régimen simplificado de Ganancias. Elevan umbrales y condiciones en el régimen de precios de transferencia y exportaciones con cotización

Se modifica el Decreto Reglamentario del Impuesto a las Ganancias y el artículo 3º del Decreto Nº 353/2025 que implementó la Declaración Simplificada del Impuesto a las Ganancias de personas humanas.
> Se eleva a $500 millones el umbral para informar operaciones de importación y exportación (art. 11) y a $150/$15 millones los topes para exceptuar informe local/maestro (art. 55). Se redefine “bienes con cotización” incorporando referencias de mercados, bolsas o entidades públicas y privadas especializadas (art. 47) y se actualiza el régimen de declaración electrónica de exportaciones con cotización (art. 48), estableciendo un plazo máximo de 60 días desde el embarque. Las operaciones que pacten precios iguales o superiores a los mínimos definidos por ARCA serán consideradas celebradas entre partes independientes (art. 52).
> Finalmente, la modalidad simplificada del impuesto a las ganancias para personas humanas podrá extenderse a rentas de fuente extranjera, según disponga la ARCA.
> Vigencia: 29/10/2025. Las modificaciones del Decreto Reglamentario del gravamen se aplicarán para los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.

Decreto (PE) Nº 767/2025 (BO 28/10/2025)
Ponemos a disposición la norma.
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