Ganancias. Modifican los requisitos de adhesión al régimen de declaración jurada simplificada y amplían los sujetos comprendidos
Se modifica la R.G. (ARCA) Nº 5820/2026 para adecuar el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias a la Ley Nº 27.826 y al Decreto Nº 1253/2026.
Resolución General (ARCA) Nº 5916/2026 (BO 26/10/2026).
Se permite la adhesión de Grandes Contribuyentes Nacionales y determinados funcionarios públicos, exclusivamente para presentar y pagar el impuesto, sin acceder a los beneficios y presunciones del régimen. Serán identificados en el Sistema Registral con el código 661 – “GANANCIAS SIMPLIFICADA LEY 27.799 – Tratamiento sin beneficios”. Los funcionarios públicos deberán informar si ejercieron funciones comprendidas en la norma durante los 5 años anteriores. Para el período fiscal 2025, se exceptúa del requisito de residencia durante todo el ejercicio y se habilita la adhesión o convalidación hasta el vencimiento especial de presentación, bajo las condiciones de pago establecidas. También se permite optar por la modalidad simplificada a quienes ya presentaron la declaración jurada por el régimen general. Aplicación: período fiscal 2025 y siguientes.
Resolución General (ARCA) Nº 5916/2026 (BO 26/10/2026).