Convenio Multilateral. Ratifican la prórroga excepcional de los vencimientos de SIRCAR y SIRTAC de la 1° quincena de setiembre 2025
Se ratifica la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 11/2025, que estableciera que se consideran realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos de la primera quincena de septiembre/2025 de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en SIRCAR y SIRTAC, cuyos vencimientos originales operaron el 22, 23 y 24 de septiembre, hasta el viernes 26/09/2025 inclusive.
Resolución General (CA) N° 18/2025 (BO 13/10/2025)
Resolución General (CA) N° 18/2025 (BO 13/10/2025)
Ponemos a disposición la norma: