IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa24 de abril de 2026

Comercio exterior. Transporte internacional terrestre - Tránsito aduanero. Simplifican requisitos para el transporte internacional terrestre ocasional y ajustan el régimen de tránsito directo

Se modifica la Resolución (ANA) Nº 2382/1991, eliminando en el Anexo II “K” la obligación de nacionalizar mercaderías en la aduana de entrada cuando se trate de transporte internacional ocasional (inciso b del punto 16). Asimismo, se sustituye el punto 17 del mismo anexo, manteniendo el esquema de tránsito directo con posibilidad de constituir garantía en reemplazo del cumplimiento de la Resolución Nº 200/84. La medida reduce restricciones operativas y facilita el tránsito internacional, alineando la normativa local con el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT.

Resolución General (ARCA) Nº 5839/2026 (BO 24/04/2026)
Ponemos a disposición la norma:
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