Comercio exterior. Incorporan un régimen para exportaciones temporarias destinadas a reparación bajo garantía con posibilidad de reemplazo
Se modifica el régimen de exportaciones temporarias y se incorpora un procedimiento específico para mercaderías enviadas al exterior para reparación bajo garantía con posibilidad de sustitución. La nueva modalidad permite tramitar mediante una única autorización aduanera tanto la reparación como el eventual reemplazo del bien cuando resulte imposible repararlo, con un plazo máximo de permanencia en el exterior de 2 años. En caso de sustitución, el retorno deberá documentarse mediante los subregímenes previstos e invocando la ventaja “SUSTITUTEMP”, acompañando un informe técnico que justifique el reemplazo. Al retorno se aplicará el tratamiento tributario correspondiente según se trate de reparación o sustitución. La resolución entra en vigencia el 01/10/2026 y su aplicación efectiva se realizará conforme al cronograma de implementación que publique ARCA en el micrositio “Exportaciones Temporarias”.
Resolución General (ARCA) Nº 5906/2026 (BO 30/09/2026)
Resolución General (ARCA) Nº 5906/2026 (BO 30/09/2026)