Comercio exterior. Habilitan la conversión a dólares de saldos de libre disponibilidad y reintegros de exportación
Se establece un mecanismo optativo para expresar en dólares los saldos de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior y los reintegros con estado “Devolución generada”, acumulados al 31/10/2025. La opción se ejerce vía servicio con Clave Fiscal entre el 05/12/2025 y el 01/03/2026, pudiendo aplicarse en forma total o parcial por solicitud (R.G. (DGI) Nº 2224/1997 y R.G. (AFIP) Nº 1921/2005). La información se valida con percepciones aduaneras registradas bajo los códigos indicados en la norma. Los montos aceptados se convierten al tipo de cambio vendedor del 18/11/2025, y el desistimiento puede efectuarse hasta el 01/03/2026. Desde el 02/03/2026 se habilita la constancia de créditos, y desde el 01/01/2027 pueden compensarse o solicitarse en devolución en el SIM, aplicando el tipo de cambio comprador del día anterior.
Resolución General (ARCA) Nº 5792/2025 (BO 25/11/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5792/2025 (BO 25/11/2025)
Ponemos a disposición la norma.