Comercio exterior. Establecen la presentación digital obligatoria del manifiesto desconsolidado de importación vía acuática
Se sustituye la R.G. (AFIP) Nº 4915/2021 y dispone que los Agentes de Transporte Aduanero desconsolidadores deberán presentar el manifiesto desconsolidado de importación vía acuática (OM 744/2) de forma obligatoria y digital, a través de los aplicativos “Gestión de Manifiesto Acuático” y “Ratificación de Autoría de Manifiesto Acuático”. El trámite debe completarse dentro de los 5 días del arribo del buque y será aprobado por el servicio aduanero en un máximo de 3 horas o de forma automática.
Resolución General (ARCA) Nº 5744/2025 (BO 14/08/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5744/2025 (BO 14/08/2025)
Ponemos a disposición la norma: