IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa21 de marzo de 2025

Comercio exterior. Digitalización y automatización de la declaración post-embarque para exportadores

Se modifica el procedimiento de la declaración post-embarque, permitiendo su gestión íntegramente a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), sin necesidad de trámites presenciales ante la Aduana. Los exportadores podrán registrar y ratificar la declaración post-embarque dentro de los 5 días hábiles en caso de diferencia en la cantidad de unidades o dentro de 3 días hábiles si hay diferencia solo en la cantidad de bultos, proceso que será validado automáticamente por el SIM. El incumplimiento de los plazos podrá ser sancionado conforme el artículo 994 del Código Aduanero. Además, se habilita un procedimiento digital para anular declaraciones post-embarque en caso de inconsistencias. La vigencia será a partir del 22/03/2025. y de aplicación para las destinaciones de exportación oficializadas con anterioridad que tengan pendiente la presentación del post-embarque.

Resolución General (ARCA) Nº 5666/2025 (BO 21/03/2025)
Ponemos a disposición la norma:
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