Comercio exterior. Amplían y precisan el régimen de importación con D.I.E. 0% para vehículos con tecnologías de motorización alternativa
Se modifica el Decreto (PE) Nº 49/2025 y se amplía el alcance del régimen que fija en 0% el Derecho de Importación Extrazona para vehículos que utilicen tecnologías de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna. Se sustituye el Anexo I, incorporando nuevas posiciones N.C.M. y precisando las variantes alcanzadas, incluyendo vehículos propulsados por motor eléctrico, híbridos —incluidos los Mild Hybrid— y a celda de combustible, importados como CBU, SKD o CKD. Asimismo, se redefine el concepto de vehículo alcanzado, se habilita la acumulación del cupo anual no utilizado al período siguiente y se ajustan los criterios de exclusión, dejando expresamente fuera a los vehículos clasificados en las categorías L1 a L7. El régimen mantiene un cupo máximo anual de 50.000 unidades.
Decreto (PE) Nº 44/2026 (BO 26/01/2026)
Decreto (PE) Nº 44/2026 (BO 26/01/2026)
Ponemos a disposición la norma y anexo: