Comercio exterior. Agronegocios. Reglamentan la aplicación de la alícuota 0% del derecho de exportación para productos cárnicos
Se reglamenta el beneficio de reducción al 0% del derecho de exportación dispuesto por el Decreto Nº 685/25 para mercaderías cárnicas, vigente hasta el 31/10/2025. Al oficializar el permiso de embarque en el SIM, el exportador deberá declarar que liquidará al menos el 90% de las divisas dentro de los 3 días hábiles de su oficialización, debiendo además informar la liquidación mediante el trámite “MUELA” en el SITA. El incumplimiento dará lugar a tributar la alícuota previa, más sanciones, y suspenderá el acceso al beneficio hasta su regularización. La aduana notificará electrónicamente y otorgará 48h para subsanar antes de exigir la diferencia de tributos. Vigencia: 24/09/2025.
Resolución General (ARCA) Nº 5761/2025 (BO 24/09/2025)
Resolución General (ARCA) Nº 5761/2025 (BO 24/09/2025)
Ponemos a disposición la norma: