CABA. Sellos. Establecen un valor inmobiliario de referencia -VIR- para los inmuebles ubicados en la Ciudad
Se establece un Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) para inmuebles en CABA, que reflejará el valor de mercado y será aplicable al Impuesto de Sellos cuando supere el precio declarado o la valuación fiscal. El VIR será informado a los contribuyentes a través de las boletas del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa de ABL.
Resolución (AGIP) N° 187/2025 (BO 08/05/2025)
Resolución (AGIP) N° 187/2025 (BO 08/05/2025)
Ponemos a disposición la norma: