IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Jurisprudencia29 de octubre de 2025

CABA. Confirman que las órdenes de compra no están alcanzadas por el Impuesto de Sellos

El 22/10/2025, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la sentencia de primera instancia obtenida por nuestros abogados del Departamento Jurídico – Área Contencioso Tributario de Lisicki, Litvin & Abelovich y declaró la improcedencia de gravar con el impuesto de sellos a las órdenes de compra, con fundamento en que no revisten el carácter de instrumento autosuficiente.
Este nuevo precedente favorable se suma a otros ya conseguidos en la materia, que reafirman la inaplicabilidad del principio de la “realidad económica” en materia de impuesto de sellos, atento a que lo gravado es la instrumentación del acto, tal como lo ha ratificado recientemente la CSJN in re “Kia Argentina S.A. c/ Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones s/demanda contencioso administrativa” (29/05/2025).

>> Accedé a la sentencia completa aquí
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Departamento Jurídico - Área Contencioso Tributario
Este comunicado es informativo.

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- Dr. Lucas Gutierrez, abogado (lgutierrez@llyasoc.com)
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- Dra. Andrea Falgares Campos, abogada (afalgares@llyasoc.com)
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