Buenos Aires. Redefinen exclusiones al Régimen de Retención sobre Créditos Bancarios -RN Nº 38/2018- para cuentas recaudadoras
Se sustituye el artículo 9° de la R.N. (ARBA) N° 38/2018 y se introducen cambios al régimen de retención sobre los créditos bancarios del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se incorpora una exclusión específica para cuentas recaudadoras utilizadas en la gestión de fondos por cuenta y orden de terceros, aplicable a contribuyentes que desarrollen actividades de intermediación y administración —inmobiliarias, agencias de cobro y servicios de gestión administrativa— siempre que dichas actividades representen más del 10% de los ingresos propios declarados, las cuentas se utilicen en forma exclusiva, los egresos se efectúen solo por transferencia y el sujeto integre la nómina elaborada por ARBA. Asimismo, se limita la exclusión por transferencias entre cuentas propias cuando se trate de cuentas recaudadoras y se amplían las exclusiones a préstamos otorgados por el sector público.
Resolución Normativa (ARBA) Nº 1/2026 (BO 20/01/2026)
Resolución Normativa (ARBA) Nº 1/2026 (BO 20/01/2026)
Ponemos a disposición la norma: