Actuación profesional. UIF. Prevención de lavado. Establecen un nuevo régimen para los Registros de la Propiedad Inmueble
Se establece un nuevo régimen de prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP) para los Registros de la Propiedad Inmueble, basado en un enfoque de riesgo. Se regulan, entre otros aspectos, la debida diligencia, monitoreo de operaciones, reportes de operaciones sospechosas, conservación de documentación y controles internos. Asimismo, se modifica el Reporte Sistemático mensual: se mantienen las compraventas superiores a 750 SMVM, se eliminan las inscripciones de usufructo vitalicio superiores a 200 SMVM y se incorporan las donaciones y determinados actos sobre inmuebles otorgados en el extranjero. La resolución rige a los 90 días corridos de su publicación, momento en que se derogan la Resolución UIF Nº 41/2011 y el artículo 12 de la Resolución UIF Nº 70/2011. Los nuevos reportes sistemáticos deberán presentarse a partir de noviembre de 2026 y se otorgan 240 días corridos para determinadas adecuaciones internas y tecnológicas.
Resolución (UIF) Nº 93/2026 (BO 10/08/2026)
Resolución (UIF) Nº 93/2026 (BO 10/08/2026)
Ponemos a disposición la norma: