IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa27 de agosto de 2026

Actuación profesional. Régimen patrimonial. Simplifican la inscripción de adjudicaciones de inmuebles por liquidación de la sociedad conyugal

Se simplifica la registración de inmuebles adjudicados como consecuencia de la disolución y liquidación de la sociedad conyugal por divorcio. Cuando el convenio de partición y adjudicación haya sido formalizado y homologado en el expediente judicial, se admitirá para su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal el testimonio del acta notarial que transcriba las partes pertinentes de las actuaciones judiciales. El instrumento deberá identificar la sentencia de divorcio y el convenio de partición homologado, y el escribano deberá dejar constancia de haber verificado los restantes requisitos procesales aplicables. Vigencia: 27/08/26.

Disposición (DGRPICF) Nº 8/2026 (BO 27/08/2026) 

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