Actuación profesional. Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Ley Nº 25.246. Asignan a la UIF fondos de bienes recuperados para combatir el lavado y delitos conexos
Se modifica el art. 27 de la Ley Nº 25.246: la Unidad de Información Financiera incorporará como fuente de financiamiento los recursos provenientes de actividades ilícitas según la escala del nuevo Régimen de Bienes Recuperados. Se mantienen las multas y reparaciones previstas, con excepciones para delitos de trata y drogas, que tienen destino específico. Las sumas deberán transferirse de forma inmediata a cuentas de la UIF.
Decreto (DNU - PE) Nº 575/2025 (BO 13/08/2025)
Decreto (DNU - PE) Nº 575/2025 (BO 13/08/2025)
Ponemos a disposición la norma y anexos: