IPC junio ▼ 1,9%Dólar Oficial ▲ $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA ▼ 40%CER mensual ▲ +2.1%UVA ▲ +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio ▼ 1,9%Dólar Oficial ▲ $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA ▼ 40%CER mensual ▲ +2.1%UVA ▲ +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa4 de noviembre de 2026

Actuación profesional. IGJ. Sociedades extranjeras. Flexibilizan los requisitos de documentación para su inscripción ante la IGJ

Se modifica el artículo 164 de las Normas de la IGJ (RG 15/2024), aplicable a la inscripción de sociedades constituidas en el extranjero conforme a los artículos 118 y 123 de la Ley Nº 19.550. Se amplía la posibilidad de presentar el texto ordenado del estatuto vigente en reemplazo del instrumento constitutivo y sus reformas, debiendo acompañarse las modificaciones relevantes cuyos antecedentes no surjan del propio texto. Asimismo, se admite acreditar cualquier reforma mediante declaración jurada de la sociedad matriz o del representante legal, en sustitución del instrumento respectivo, y presentar documentación certificada en formato digital verificable. Vigencia: 05/11/2026. Aplicable también a trámites en curso.

Resolución General (IGJ) Nº 13/2026 (BO 04/11/2026)
Compartir