IPC junio ▼ 1,9%Dólar Oficial ▲ $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA ▼ 40%CER mensual ▲ +2.1%UVA ▲ +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio ▼ 1,9%Dólar Oficial ▲ $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA ▼ 40%CER mensual ▲ +2.1%UVA ▲ +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa26 de octubre de 2026

Actuación profesional. Energía. Se reglamentan las modificaciones al Régimen de Zona Fría

Se reglamentan las modificaciones al Régimen de Zona Fría, estableciendo aspectos operativos del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas. Se dispone que los productores e importadores de gas alcanzados actúen como agentes de percepción del recargo destinado al Fondo, debiendo ingresar los importes percibidos en una cuenta especial cuyo único beneficiario es el fideicomiso. La fiscalización y recaudación del recargo estarán a cargo de ARCA, que establecerá las formas y condiciones para su ingreso y podrá dictar las normas necesarias a tal efecto. Asimismo, se regulan aspectos vinculados con la administración del Fondo y el mecanismo de compensaciones a las empresas proveedoras de gas.

Decreto (PE) Nº 1266/2026 (BO 26/10/2026)
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