Actuación profesional. Crean el Registro de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y Conexos
El Ministerio de Justicia crea el Registro de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y Conexos, bajo la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA). Toda entidad que pretenda gestionar colectivamente derechos de autor o conexos deberá contar con autorización previa de la DNDA, solicitada por TAD. Las sociedades ya reconocidas serán inscriptas de oficio, sujetas al cumplimiento de obligaciones. La DNDA debe resolver en 60 días hábiles y podrá requerir subsanaciones en 10 días. Incumplimientos estatutarios o normativos habilitan suspensión/revocación. Las reformas estatutarias deben informarse con 20 días de anticipación y presentarse en 30 días posteriores a su aprobación. Los balances y declaraciones juradas se presentan a los 30 días de su aprobado. Se establecen facultades de fiscalización e inspección y se instruye a la DNDA a implementar un procedimiento de mediación.
Resolución (MJ) Nº 536/2025 (BO 18/08/2025)
Resolución (MJ) Nº 536/2025 (BO 18/08/2025)
Ponemos a disposición la norma y anexos: