IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06IPC junio 1,9%Dólar Oficial $1.180Ganancias 4ta cat. · plazo 30/06Ingresos Brutos CABA · vence 25/05Tasa BCRA 40%CER mensual +2.1%UVA +2.4%IVA general · 21%Anticipo Bs.Pers. · vence 30/05Sicore · plazo 15/06
Normativa19 de septiembre de 2025

Actuación profesional. Comercio exterior. El BCRA elimina tope de USD 36.000, prohíbe comisiones por ingresos de divisas y acorta plazos de liquidación por exportación de bienes

El BCRA modificó la excepción de liquidación para exportaciones de servicios, eliminando el límite anual de USD 36.000 para personas humanas, habilitando la excepción sin tope de monto. Respecto de la acreditación de divisas en cuentas en moneda extranjera, dispuso que las entidades no podrán aplicar comisiones por ingresos desde el exterior a cuentas de personas humanas residentes; solo podrán trasladar, al costo y debidamente documentados, los cargos de entidades financieras del exterior. Por último, respecto de los los plazos de liquidación para exportaciones de bienes, se fija un plazo máximo de 30 días corridos para para exportaciones de cebada (1003.90.10 y 1003.90.80), sorgo en grano (1007.90.00) y productos del capítulo 27 (combustibles y derivados), con excepciones puntuales.

Comunicación "A" 8330
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