Actuación profesional. CABA. Reglamentan la exención del pago de patentes para comerciantes habitualistas de automotores en CABA
Se reglamenta el procedimiento para acceder a la exención del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General prevista para comerciantes habitualistas contemplada en el inciso 10 del artículo 433 del Código Fiscal vigente. El beneficio alcanza a los vehículos en posesión para su reventa, se extiende desde la fecha de interposición de la solicitud por parte del contribuyente o responsable hasta la transferencia de dominio del vehículo o un plazo máximo de 180 días desde la inscripción, y requiere gestión vía TAD con documentación respaldatoria. Vigencia 20/01/2026.
Resolución (AGIP) Nº 23/2026 (BO 20/01/2026)
Resolución (AGIP) Nº 23/2026 (BO 20/01/2026)
Ponemos a disposición la norma: